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domingo, 14 de septiembre de 2025

1971: Decreto N° 832 Control operacional de la industria petrolera Venezolana.

 

El Decreto N° 832 de 1971, publicado en la Gaceta Oficial N° 29.689 de 17 de diciembre de ese mismo año, fue un instrumento jurídico fundamental que marcó un antes y un después en la relación entre el Estado venezolano y las compañías petroleras extranjeras. Este decreto, emitido durante el gobierno del presidente Rafael Caldera, representó un paso trascendental hacia la nacionalización del petróleo, al reglamentar de manera rigurosa las operaciones de la industria petrolera y poner fin a un sistema de concesiones que había regido la economía del país por décadas.

De Izq. a der. presidente Rafael Caldera. Min. de Hacienda Pedro Tinoco y Min. de hidrocarburos Hugo Peréz la Salvia.   

La promulgación del decreto no fue un evento aislado, sino el resultado de un largo proceso de conformación de la política petrolera nacional socialista. Desde la década de 1950, se venía gestando una creciente conciencia sobre la necesidad de que Venezuela asumiera un mayor control sobre sus recursos naturales. La Ley de Impuesto Sobre la Renta de 1958, que elevó la participación fiscal del Estado a un 60%, y la creación de la Corporación Venezolana del Petróleo (CVP) en 1960, fueron los primeros pasos en esta dirección. El Decreto N° 832 se insertó en esta dinámica de reversión de las concesiones, un concepto que ya venía siendo discutido y que se materializaría de forma definitiva con la Ley de Nacionalización de 1975.

I.                 Alcance del decreto 832.

El decreto abordó, de manera integral, la cadena de valor de la industria petrolera, desde la exploración y producción hasta el transporte, la refinación y la comercialización. Su principal objetivo era garantizar la continuidad de las operaciones y la reversión ordenada de los activos de las compañías concesionarias al Estado, una vez que estas vencieran. Entre sus disposiciones más importantes se destacaron:

Regulación de activos y reversión: El decreto obligaba a las compañías a mantener en buen estado las instalaciones y equipos, asegurando que estos serían entregados al Estado en condiciones óptimas al finalizar las concesiones. Esta medida buscaba evitar que las empresas desmantelaran o deterioraran sus infraestructuras antes de la reversión.

Control de operaciones y mantenimiento: Se estableció un estricto control sobre las operaciones de las concesionarias, exigiendo la presentación de informes detallados sobre sus actividades, planes de inversión, producción, mantenimiento y comercio . La finalidad era supervisar que las empresas no redujeran sus inversiones o la calidad de sus operaciones en los años finales de las concesiones.

Transferencia de conocimientos y personal: El decreto promovió la transferencia de tecnología y el adiestramiento del personal venezolano, para que el país estuviera en capacidad de gestionar la industria una vez que las concesiones expiraran.

II.               Reacción del sector privado (Concesionarias)

La reacción de las compañías concesionarias, principalmente de capital estadounidense y británico (como la Creole Petroleum Corporation, la Shell de Venezuela y la Gulf Oil Corporation), fue de profundo rechazo y preocupación. Las empresas interpretaron el decreto como un acto de expropiación encubierta y como una violación de los contratos de concesión que, según ellas, les daban derechos plenos sobre los activos.

Empresas Concesionarias de petróleo 

Su argumento principal era que el decreto vulneraba el principio de la seguridad jurídica y que las obligaciones impuestas, como el mantenimiento riguroso de las instalaciones, eran una carga financiera excesiva, especialmente en un contexto donde sus concesiones estaban por expirar. Las compañías alegaban que el decreto las obligaba a invertir en infraestructura que, en un futuro cercano, pasaría a manos del Estado sin la debida compensación.

Las empresas concesionarias iniciaron una intensa campaña de lobby y de presión diplomática sobre el gobierno venezolano. A través de sus embajadas y de la opinión pública internacional, intentaron desacreditar la medida, presentándola como un acto hostil hacia la inversión extranjera. Algunas compañías incluso redujeron sus actividades de exploración y producción, en un intento de presionar al gobierno y demostrar la dependencia del país de su experticia y capital.

Sin embargo, a pesar de las presiones, el gobierno venezolano, respaldado por una opinión pública mayoritariamente a favor de la nacionalización, se mantuvo firme en su posición. La promulgación del decreto, sumada a la aprobación de la Ley de bienes sujetos a Reversión de las concesiones de hidrocarburos de 1971, consolidó la voluntad política del Estado de asumir el control total de su principal industria.

III.              Impacto y legado

El Decreto N° 832 de 1971 es un documento de inmenso significado histórico. No solo sentó las bases para la nacionalización de la industria petrolera venezolana, que se concretaría cuatro años después, sino que también demostró la capacidad del Estado para ejercer soberanía sobre sus recursos naturales frente a los intereses de las grandes corporaciones transnacionales.

El decreto fue una herramienta legal y política que le permitió al gobierno de Venezuela garantizar una transición ordenada y evitar el desmantelamiento de la industria por parte de las concesionarias.  Por ello, cuando sobrevino el debate sobre nacionalización, quienes se oponían a este paso decían que lo único que faltaba por nacionalizar era el riesgo del negocio.

La rigurosa reglamentación de las operaciones y la obligatoriedad de mantener los activos en buen estado fueron cruciales para que, en 1976, la recién creada Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) pudiera asumir una industria en pleno funcionamiento y sin interrupciones significativas.

En retrospectiva, el Decreto 832 se convirtió en un modelo para otros países productores de petróleo y recursos naturales que buscaban un mayor control sobre sus economías. Su legado es el de un instrumento que, más allá de los detalles técnicos, representó la afirmación de la soberanía nacional y la voluntad de un país de gestionar su propio destino.

Ing. Robny Jauregui

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Referencias

1.     Clubdeensayos (2015)  Derecho de Hidrocarburos Recuperado de  https://www.clubensayos.com/Temas-Variados/DERECHO-DE-HIDROCARBURO/2382042.html

2.     Jauregui, Robny (2022) La política petrolera en Venezuela en tiempos socialistas (1958-1975) Recuperado de   https://ptroleoysociedad.blogspot.com/2022/12/la-politica-petrolera-en-venezuela-en.html

3.     Jauregui, Robny (2023) 1960: Creación de la corporación venezolana de petróleo – CVP Recuperado de  https://ptroleoysociedad.blogspot.com/2023/03/1960-creacion-de-la-corporacion.html

4.     Jauregui, Robny (202) 1971: Ley sobre bienes afectos a reversión en las concesiones de hidrocarburos. Recuperado de   https://ptroleoysociedad.blogspot.com/2024/03/1971-ley-sobre-bienes-afectos-reversion.html

5.     Duque, Román (1985) Evolución del derecho petrolero en Venezuela Recuperado de  http://ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDPUB/23/rdpub_1985_23_87-91.pdf

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