viernes, 6 de febrero de 2026

Participación Accionaria de Clase "C": Modelo de Capitalización para el Resarcimiento Histórico de PDVSA.

 


Una vez analizado la propuesta detallada de la emisión de bonos de justicia petrolera2028-2032, para consolidar una propuesta de pago de los pasivos laborales por salarios caídos de los trabajadores despedidos injustamente de PDVSA en2003, hemos estructurado hoy la alternativa de pago vía del Modelo de capitalización de la deuda y resarcimiento Laboral (MCRL). Esta alternativa de pago que integra el conocimiento de los venezolanos en la base histórica de la privatización de la CANTV en 1991,  manteniendo las premisa del 15% de participación de los trabajadores en las empresas y contratos de asociación con el capital privado y el mecanismo de monetización en la bolsa de Nueva York.

Este esquema no solo busca pagar una deuda, sino crear un nuevo contrato social en la industria energética venezolana.

Modelo de Capitalización y Resarcimiento Laboral (MCRL)

1. Arquitectura de las Acciones Clase "C"

El modelo propone que el 15% del capital social de cada nueva alianza estratégica o contrato de participación del capital privado nacional e internacional sea inyectado en un Fondo de Fideicomiso de Compensación Laboral. Este fondo emitirá certificados de participación (Acciones Clase "C") a nombre de los trabajadores despedidos en 2003, calculados proporcionalmente a sus años de servicio y salarios caídos.

2. Mecanismo de Liquidez Internacional (ADR y Mercado Secundario)

Para evitar que el trabajador deba esperar décadas para ver el fruto de su compensación, se utilizará la Bolsa de Nueva York como plataforma de liquidez:

  • Conversión a ADR: Las acciones Clase "C" locales se empaquetan en American Depositary Receipts (ADR) para ser transadas en dólares.
  • Garantía de Valor: Al estar respaldadas por contratos con empresas internacionales de energía y flujo de caja real, la acción adquiere un valor de mercado inmediato.
  • Opción de Descuento: El trabajador tiene el derecho a la "Venta Anticipada". En el mercado de renta fija, podrá ceder su posición a inversionistas institucionales. Aunque el valor nominal sea 100%, la urgencia de capital le permite recibir entre el 70% y el 90%, asumiendo el mercado el riesgo de espera por los dividendos futuros.

3. Justificación económica y Política

Este enfoque transforma la percepción del trabajador de "acreedor del Estado" a "socio de la industria".

  • Desde lo económico: Se aplica la teoría de la Democratización del Capital, donde la propiedad de los medios de producción se distribuye para alinear los intereses de la fuerza laboral con el éxito de la empresa.
  • Desde lo estratégico: Al igual que InnoTech Alberta o la Estrategia de Ecopetrol, este modelo asegura que cualquier privatización o apertura futura tenga "paz laboral" garantizada, ya que los mismos trabajadores son los más interesados en que la empresa sea rentable y eficiente.

4. Resumen del Flujo de Resarcimiento:

  1. Firma de Alianza: Empresa "X" se asocia con PDVSA.
  2. Cesión Obligatoria: El 15% del capital va al fondo Clase "C".
  3. Titularización: Se entregan certificados a los trabajadores por sus salarios caídos.
  4. Listado en NYSE: Los títulos o acciones se hacen transables globalmente.
  5. Monetización: El trabajador decide si vende (recibiendo 70-90% inmediato) o conserva (cobrando dividendos anuales).

5.     Cláusula de Salvaguarda: Participación Accionaria Clase "C"

Para formalizar esta propuesta dentro de un marco de seguridad jurídica y viabilidad financiera, a continuación presento la redacción de la Cláusula de Salvaguarda Laboral y la proyección actuarial del fondo, diseñada para ser integrada en un contrato de asociación bajo un proceso de apertura petrolera.

ARTÍCULO X: DE LA CESIÓN DE CAPITAL PARA EL RESARCIMIENTO LABORAL. «Las partes acuerdan que, como condición precedente para la validez de este Contrato de Asociación, la Entidad Inversionista se obliga a ceder y emitir a favor del Fideicomiso de Compensación Histórica (FCH) un número de acciones equivalente al 15% del capital social inicial de la Empresa Mixta o Asociación. Dichas acciones serán denominadas Acciones Clase "C" y estarán destinadas exclusivamente a la cancelación de los pasivos laborales y salarios caídos de los trabajadores afectados por los despidos del año 2003. Estas acciones gozarán de derechos económicos plenos y su transabilidad en los mercados de valores internacionales (NYSE/ADR) será garantizada por la República, permitiendo su monetización bajo condiciones de mercado.»

6.     Hoja de Ruta (Roadmap)   

Esta Hoja de Ruta (Roadmap) está diseñada para transformar la propuesta técnica en una estrategia legal y diplomática ejecutable. El objetivo es presentar este modelo ante comisiones de energía, organismos de arbitraje (CIADI) o mesas de negociación política como una solución definitiva y autosustentable.

Fase 1: Blindaje Legal y Normativo (Mes 1-3)

Antes de atraer la inversión, se debe crear el contenedor legal que obligue a las empresas al cumplimiento de la cuota.

  • Reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos: Introducir un artículo que defina la "Participación Social del Trabajador despedido injustificadamente en 2003" como requisito para las Empresas Mixtas o asociaciones con el capital privado.
  • Constitución del Fideicomiso de Compensación Histórica (FCH): Creación de una entidad fiduciaria independiente (posiblemente con sede en una jurisdicción neutral como Suiza o Curazao) para administrar las acciones y evitar interferencias políticas.
  • Censo y Certificación de Acreencias: Auditoría externa por una firma de nivel mundial (Big Four) para validar la lista de los 23,000 trabajadores y calcular el valor exacto de la deuda individual (salarios, intereses y daños).

Fase 2: Estructuración Financiera e Internacional (Mes 4-8)

Preparar los títulos para que puedan ser transados en el New York Stock Exchange (NYSE).

  • Contratación de un Banco de Inversión: Para estructurar el programa de ADR (American Depositary Receipts). Este banco será el puente entre las acciones en Venezuela y el mercado global.
  • Rating de Riesgo: Obtener una calificación crediticia para los proyectos de asociación de más de USD 100,000 millones en diez años que se esperan para recuperar la industria petrolera venezolana. Al estar respaldados por crudo y empresas internacionales, las acciones Clase "C" tendrán una calificación atractiva.
  • Acuerdo de "Market Making": Asegurar que existan compradores institucionales (fondos de pensiones, fondos de cobertura) dispuestos a comprar los bonos a los trabajadores con el descuento pactado (70%-90%).

Fase 3: Ejecución y Colocación (Mes 9-12)

El momento en que el trabajador recibe su compensación.

  • Firma de Contratos de Asociación: Cada vez que PDVSA firme un contrato (ejemplo: Un contrato de asociación de USD 500 millones de capital), el 15% se transfiere automáticamente al Fideicomiso.
  • Emisión de Títulos Individuales: Se entrega a cada trabajador un Certificado Global de Acciones Clase "C" con un código transable.
  • Ventana de Liquidación: Se abre un periodo de 180 días donde el trabajador tiene dos opciones claras:
    1. Vender: Ejecutar la venta en la Bolsa de NY y recibir su pago (promedio USD 585,000).
    2. Conservar: Quedarse con la acción y cobrar dividendos trimestrales de la producción petrolera.

Resumen de la Operación ante Inversionistas

Concepto

Detalle Técnico

Meta de Recaudación

USD 15,000 Millones (15% de la Gran Apertura).

Pasivo a Cancelar

Deuda histórica con 23,000 familias de PDVSA.

Costo para el Estado

Cero (0). El capital proviene de la inversión extranjera.

Garantía para el Inversor

Eliminación de litigios laborales y obtención de "Licencia Social" para operar.

Valor para el Trabajador

USD 650,000 (Valor Par) / ~USD 500,000 (Liquidez inmediata).

 7.     Dividendo anual esperado por acción

Basándonos en el desempeño histórico del sector energía en el NYSE, los Títulos de Participación Clase "C" no solo representan un capital sólido de USD 650,000, sino que garantizan una renta anual promedio del 5%,  montando a unos 32.500 $ al año  Esto permite que el trabajador reciba un flujo de caja constante equivalente a una jubilación de alto nivel en estándares internacionales, manteniendo la propiedad del activo para sus herederos.

 8.     Detalle Técnico: Emisión y Titularización de las Acciones Clase "C"

La Emisión de Títulos Individuales representa el acto jurídico y financiero mediante el cual el pasivo laboral (la deuda) se extingue para convertirse en patrimonio neto (equity) a favor del trabajador. Este proceso se desglosa en los siguientes componentes:

A. El Certificado Global de Acciones Clase "C"

A diferencia de un recibo de pago convencional, el trabajador recibe un Título Valor que representa su propiedad sobre una fracción de la asociación estratégica.

  • Contenido del Título: El certificado especifica el número de acciones asignadas, cuyo valor nominal agregado equivale exactamente al monto total de la deuda certificada (salarios caídos, intereses y compensaciones).
  • Respaldo de Activos: Este título no es una promesa de pago del Estado, sino un derecho de propiedad sobre el 15% del flujo de caja, los activos y las reservas de la empresa mixta o asociación específica.

B. El Código Transable (Ticker/CUSIP)

Cada certificado está vinculado a un código de identificación financiera internacional (como un CUSIP o ISIN) y un Ticker de cotización en el mercado secundario.

  • Función del Código: Este identificador permite que la acción sea reconocida por plataformas globales de custodia y liquidación (como Euroclear o DTCC en Nueva York).
  • Transabilidad: Es el elemento que permite que el trabajador, a través de una casa de bolsa o una plataforma digital autorizada, pueda visualizar el precio de sus acciones en tiempo real y, si lo desea, ejecutar una orden de venta inmediata para obtener liquidez.

C. Extinción de la Deuda mediante Capitalización

Este mecanismo opera bajo la figura contable de "Capitalización de Acreencias".

  • Al momento de la entrega del título, el monto adeudado (por ejemplo, los USD 650.000 promedio) se considera cancelado en su totalidad, ya que el trabajador ha recibido un activo de valor equivalente o superior en el mercado.
  • Efecto Contable: Para PDVSA o la filial encargada, la deuda sale del balance de pasivos y se convierte en capital social, mejorando la salud financiera de la industria y eliminando contingencias legales futuras.

D. Seguridad y Custodia Digital

Para proteger al trabajador de extravíos o fraudes, los títulos se emiten de forma desmaterializada. El trabajador posee una cuenta de custodia a su nombre donde reposan sus acciones Clase "C", permitiéndole:

  1. Recibir dividendos automáticamente en su cuenta bancaria vinculada.
  2. Ejercer el voto para elegir a los directores que representarán al 15% del capital en la junta directiva.
  3. Transferir o heredar sus acciones como cualquier otro bien patrimonial privado.

Argumento Final para la Comisión de Energía:

"Este modelo no es un subsidio, es una Capitalización del Pasivo. Al entregar el 15% de las nuevas asociaciones a los trabajadores despedidos, el Estado venezolano no solo salda una deuda moral y legal de USD 15,000 millones sin tocar el presupuesto nacional, sino que convierte a la fuerza laboral más calificada del país en socios estratégicos del éxito de la industria. Es la aplicación más pura de la justicia económica mediante el mercado de valores."

Ing. Robny Jauregui

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jueves, 5 de febrero de 2026

Los bonos de justicia petrolera 2028-2032

 


Este es un esquema PROPUESTO que sirve de ALTERNATIVA de pago de la deuda por salarios caídos de los trabajadores petroleros despedidos injustamente de PDVSA en 2003, diseñado para aliviar el flujo de caja en los primeros años (2026-2027) y liquidar el capital de forma prorrateada mediante bonos de deuda externa seriados.

A continuación, presento el Perfil de Colocación y Cronograma de Pagos detallado por trabajador.

1.     Los supuestos del sistema de pago para cada trabajador son los siguientes:  

a.     Estructura de la Deuda Total: 600.000 US$

b.     Efectivo inmediato (2026): 100.000 US$

c.      Año Muerto (2027): Sin pagos de capital ni intereses.

d.     Emisión de Bonos: 500.000 $ (Divididos en 5 bonos de 100.000$ cada uno).

e.     Tasa de Interés fija: 6% anual sobre el saldo de bonos vigentes.

Cronograma de Flujo de Caja (Principal + Intereses)

Año

Evento

Pago de Capital US$

Pago de Interés US$ (6%)

Flujo total Anual US$

2026

Pago en Efectivo

100.000

-

100.000

2027

Año Muerto

-

-

-

2028

Vence el Bono 1

100.000

30.000

130.000

2029

Vence el Bono 2

100.000

24.000

124.000

2030

Vence el Bono 3

100.000

18.000

118.000

2031

Vence el Bono 4

100.000

12.000

112.000

2032

Vence el Bono 5

100.000

6.000

106.000

 

Total                                                             600.000            90.000                 690.000

 

2.     Análisis del Componente de Intereses

El cálculo de los intereses se basa en el capital pendiente de los bonos que aún no han vencido al inicio de cada año:

2028: Se pagan intereses sobre los 5 bonos ($500.000 x 0,06 = 30.000 US$).

2029: Se pagan intereses sobre los 4 bonos restantes ($400.000 x 0,06 = 24.000 US$).

2030: Se pagan intereses sobre los 3 bonos restantes ($300.000 x 0,06 = 18.000 US$).

2031: Se pagan intereses sobre los 2 bonos restantes ($200.000 x 0,06 = 12.000 US$).

2032: Se pagan intereses sobre el último bono vigente ($100.000 x 0,06 = 6.000 US$).

3. Consideraciones Clave

Carga Financiera: El costo total del financiamiento para la empresa PDVSA (o el rendimiento total para el trabajador por esperar) es de 90.000 $ adicionales al capital original de los bonos.

Perfil Descendente: Los pagos son más pesados al principio del periodo de amortización (2028), lo que favorece el valor del dinero en el tiempo para el trabajador.

Año Muerto: Es importante definir si en 2027 los intereses se causan (se acumulan para pagarse en 2028) o si es una dispensa total.  En este perfil, he asumido dispensa total según tu descripción.

4.     Liquidez y valor de mercado

Tras su colocación en el mercado financiero internacional, los bonos contarán con valor de mercado y plena liquidez para su comercialización. El crecimiento del mercado energético mundial impulsará la valoración de estos activos, haciéndolos competitivos en los mercados de renta fija. Este mecanismo permite que los trabajadores que deseen monetizar sus títulos reciban entre un 70% y 90% de su valor facial, dejando que el nuevo propietario cobre los intereses. Facilitando al trabajador el acceso inmediato a recursos según sus necesidades financieras.

Ing. Robny Jauregui

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lunes, 1 de diciembre de 2025

(VIDEO) La comisión presidencial para la reversión petrolera (1974)

 




El proceso de Nacionalización de 1974 a 1976 el cual pasó por la Comisión de reversión petrolera, la cual permitió crear el marco regulatorio del proyecto de ley de reserva de la industria petrolera en Venezuela.



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(VIDEO) La Nacionalizón de la Industria petrolera en Venezuela 1958-1975

 


A continuación, se detalla el camino recorrido entre 1958 y 1975 para apropiarse el estado del manejo financiero, comercial y operacional de la industria petrolera en Venezuela.



Para leer el artículo completo de  La Política petrolera en Venezuela en tiempos socialistas (1958-1975)  presiona clic sobre el titulo del ensayo.  

Ing. Robny Jauregui

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sábado, 29 de noviembre de 2025

(AUDIO) La Nacionalización de la Industria petrolera en Venezuela 1958-1975






Para leer el artículo completo de  La Política petrolera en Venezuela en tiempos socialistas (1958-1975)  presiona clic sobre el titulo del ensayo.  

Ing. Robny Jauregui

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viernes, 28 de noviembre de 2025

(Audio) La comisión presidencial para la reversión petrolera (1974)





 

Para leer el artículo completo de  La Comisión Presidencial de Reversión (1974) presiona clic sobre el titulo del ensayo.  

Ing. Robny Jauregui

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jueves, 27 de noviembre de 2025

La Comisión Presidencial de Reversión (1974)

 


La nacionalización de la industria petrolera venezolana, efectiva el 1 de enero de 1976, no fue un evento impulsivo, sino la culminación de un proceso legal, técnico y político de carácter socialista, meticulosamente planeado. Un hito esencial en este proceso fue la creación, mediante el Decreto N°10 de 1974, publicado en gaceta oficial en Gaceta Oficial Nº 30.358, de la Comisión Presidencial de Reversión. Esta comisión fue el cerebro operativo detrás de la ley que adelantaría la recuperación de las concesiones otorgadas a las compañías extranjeras (majors), la mayoría de las cuales estaban programadas para revertir a la nación entre 1983 y 1984.


1. Integración y Naturaleza Plural de la Comisión

La fortaleza y legitimidad del proyecto de nacionalización radicaron en la composición plural de la Comisión Presidencial de Reversión. El entonces presidente, Carlos Andrés Pérez, se aseguró de que el grupo de trabajo de 35 miembros, representara el consenso nacional sobre la necesidad de ejercer la soberanía económica.

La Comisión estuvo integrada por destacadas personalidades y expertos petroleros de diversas corrientes ideológicas y sectores de la vida nacional:

  • Economistas y Académicos: Figuras como Domingo F. Maza Zavala y Gastón Parra Luzardo aportaron la visión macroeconómica y académica, Enrique Tejera París (AD), Alejandro Zhalout, Pedro Gómez Narvaez y Hayde Castillo de López (Economista) garantizando una base conceptual sólida para la toma de control de los activos.
  • Políticos y Exministros: La presencia de Freddy Muñoz (representante de la izquierda política MAS), Radames Larrazabal (PCV) y exministros petroleros como Álvaro Silva Calderón (MEP) y Hugo Pérez La Salvia (quienes ya tenían experiencia en la negociación con las concesionarias), Leonardo Montiel Ortega (URD), Armando Azpúrua (Cruzada Cívica Nacionalista), Celestino Armas (AD) aseguró la viabilidad política y la experticia sectorial.

  • Ministerio de Hidrocarburos: Valentín Hernández Acosta, ministro de Minas e Hidrocarburos (presidente de la Comisión) y Carlos Carnevali Rangel, director general de la CVP (vicepresidente de la Comisión), Rubén Gilson (secretario de la comisión)  


El objetivo de esta integración era blindar el proyecto legal contra futuras críticas, asegurando que el diseño de la Ley Orgánica que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos fuera percibido como una política de Estado y no como una iniciativa partidista. La Comisión trabajó con gran celeridad y rigor técnico, logrando presentar el proyecto de ley a Pérez en diciembre de 1974, solo meses después de su instalación.

2. Elementos del informe de la Comisión presidencial

El Informe señalado contenía, en efecto, seis libros, relativos a los siguientes aspectos:

2.1 Informe Central de la Comisión, en el cual se expusieron las ideas básicas que justificaban la nacionalización de la industria petrolera y se indicaron el conjunto de conclusiones y recomendaciones de las Subcomisiones.

2.2 Informe sobre Recursos Energéticos

2.3 Informe sobre el Aspecto Laboral y de Recursos Humanos

2.4 Informe Económico-Financiero

2.5 Informe sobre el Aspecto Operativo de las Futuras Empresas Petroleras Nacionales

2.6 Informe sobre el Aspecto Jurídico-Organizativo con un Apéndice

2.7 Exposición de Motivos y el Proyecto de Ley Orgánica que reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos.

3. El Proyecto de Ley y la Fractura del Consenso: El Artículo 5º

El proyecto de ley original elaborado por la Comisión gozaba de un consenso casi total, con la notable excepción del voto salvado de Alfredo Paúl Delfino ( FEDECAMARAS), representante de Fedecámaras (la principal federación de cámaras de comercio y producción de Venezuela), quien se oponía a la aceleración de la reversión. La mayoría de la Comisión entendía que el control estatal debía ser total y absoluto.

Sin embargo, el consenso se quebró cuando el presidente Carlos Andrés Pérez, buscando introducir mayor flexibilidad para el futuro, decidió someter el proyecto a la revisión de un "minúsculo comité" ejecutivo. Fue este comité el que introdujo el cambio más controversial: el segundo párrafo al Artículo 5º.

El Controversial Artículo 5º

El texto añadido era corto, pero de profundas implicaciones:

“En casos especiales y cuando así convenga al interés público, el Ejecutivo Nacional o los referidos entes [entes de su propiedad] podrán, en el ejercicio de cualquiera de las señaladas actividades, celebrar convenios de asociación con entes privados, con una participación tal que garantice el control por parte del Estado y con una duración determinada”.

Esta adición fue la semilla legal de lo que más tarde se conocería como la "Apertura Petrolera" en los años 90. Para los sectores nacionalistas más duros (incluyendo a miembros originales de la Comisión, como Freddy Muñoz), esta cláusula representaba una "puerta trasera" para el regreso futuro de las transnacionales, socavando el espíritu de soberanía total que debía prevalecer. La inclusión de la palabra clave "asociación" garantizaba el control estatal (una participación no menor al 51%) pero permitía al capital privado operar y participar en la producción, lo cual era un punto de divergencia ideológica fundamental en la época.

4. Puntos de Fricción Adicionales en el Proceso Nacionalizador

Más allá del debate del Artículo 5º, el proceso de nacionalización generó otras observaciones y críticas significativas que ocuparon el debate público:

  • Monto de las Indemnizaciones: El Estado acordó pagar $1.020 millones de dólares a las concesionarias (principalmente Exxon, Shell y Gulf) como indemnización por los activos no amortizados que se revertían antes de la fecha original de 1983. Este monto fue calificado por muchos sectores como "excesivo" o una "venta a precio de remate" de bienes que legalmente pasarían al Estado en pocos años, con o sin pago. Los críticos argumentaban que el verdadero valor contable de los activos era mucho menor al momento de la reversión anticipada.
  • Contratos de Asistencia Técnica y Comercialización: La negociación de los contratos de asistencia técnica y los de comercialización con las antiguas concesionarias se llevó a cabo en un clima de gran reserva y secretismo. Tras la nacionalización, PDVSA y sus filiales recién creadas (como Lagoven, Maraven y CVP) no poseían el know-how técnico completo ni las redes de comercialización internacionales necesarias. Las transnacionales se aseguraron contratos de asistencia técnica y de marketing por varios años, lo que, para los críticos, significaba que el país había nacionalizado la propiedad del subsuelo pero no la capacidad operativa y de mercado, manteniendo una dependencia tecnológica y comercial encubierta.

La labor de la Comisión de Reversión fue indispensable para la materialización legal de la nacionalización, pero los debates generados por la cláusula de asociación (Art. 5º), las indemnizaciones y los contratos de asistencia técnica continuaron definiendo la política petrolera venezolana durante las siguientes décadas.

 Ing. Robny Jauregui

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Referencias

1.     Silva, Alvaro (2006) Trayectoria de la nacionalización petrolera Recuperado de  https://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1315-64112006000100008

2.      Brewer, Allan (2020) Aspectos organizativos de la industria petrolera nacionalizada en venezuela Recuperado de https://www.derechoadministrativoucv.com.ve/wp-content/uploads/2020/05/ADPCA-03a-11.pdf

3.     Lander, Luis (2006) A treinta años de la nacionalización el debate continua Recuperado de https://www.redalyc.org/pdf/177/17712107.pdf

4.     Resumen (1974) Comentarios de la Nacionalización Petrolera Recuperado de   https://allanbrewercarias.com/wp-content/uploads/2007/09/II.6.9-COMENT.NACIONL.PETROLERA-1974.pdf

5.     UCV (2020) Informe de la comisión presidencial de la reversión petrolera recuperado de https://www.derechoadministrativoucv.com.ve/wp-content/uploads/2020/05/ADPCA-03b-01.pdf

6.      Jauregui, Robny (2020) El vacío de contenido político venezolano Recuperado de https://ptroleoysociedad.blogspot.com/2020/05/el-vacio-de-contenido-politico_3.html