miércoles, 13 de julio de 2022

¿Cuanto cuesta el litro de Gasolina si el petroleo esta a 120 US$ el Barril?.

 

Una de las preguntas que normalmente se formula el propietario de un vehículo automotor es ¿Porque ha subido de precio la gasolina en este año 2022?. Hoy analizamos el tema de la estructura de costos de la gasolina, a fin de darle respuesta a esta inquietud.

I. Estructura de costos de productos refinados de petróleo .

Vamos a utilizar para el establecimiento de la estructura de costos de los combustibles la referencia estadística y los factores de costo en los Estados Unidos de Norteamérica, por ser este país quién posee la información más estructurada, con registros históricos y confiable (1).

Dentro de los elementos de costo presentes en un combustible derivado del petróleo tenemos cuatro :

1. El primero de ellos es la materia prima o el costo del petróleo.

2. El costo de refinación o de la manufactura de combustible

3. La distribución y el transporte

4. El estado haciéndose presente con la determinación u aplicación del impuesto.

II. Estructura de costo en los Estados Unidos

Una estructura de costos promedio en Estados Unidos es que del precio de venta de un litro de gasolina en una estación de servicio :

* El crudo representa el 55% de el precio

* El refinador constituye el 13% del precio

* El distribuidor el 6% y

* El Estado o Gobierno representado por los impuestos un 26%

Estructura de Costos de la gasolina en USA

 III. Costos en referencia al barril de petróleo

Por otra parte si tomamos el precio del petróleo como referente de precio de la gasolina, es decir en referencia al precio del crudo, tendríamos que sumarle un 24% de dicho precio para determinar la contribución de la refinación de petróleo. por su parte le sumaremos un 11% del precio del barril de petróleo por concepto de distribución y le sumaremos un 47% por concepto de impuestos de la nación

IV. Estructura de costos para el precio del petróleo de $120 el barril.

Determinación del precio de gasolina :

a. Precio del Petróleo 120 us$/barril. Lo cual representa 0.76 $/litro. (120 $-B/159 lts/barril)

b. Costo de Refinación un 24% del precio del petróleo o sea 0.18$/litro (0.76 $/litro. X 24%)

c. Costo de Distribución y Transporte. Equivalente a 11% del precio del petróleo osea 0.084 us$/litro.

d. El impuesto. Representa 47% del precio del petróleo. Es decir 0.355 us$/litro.

Para un total de 1.38 us$/litro. ( a + b + c + d )

Estructura de costo del precio de la gasolina referida al costo del petróleo

V. Cobertura o alcance del precio de la Gasolina en Venezuela

En Venezuela existen dos precios de la gasolina: uno subsidiado y otro en 0,50 dólares el litro. El subsidiado a partir del 01 de octubre del 2021 quedó establecido en 0.1 Bolívares digitales (BsD), que al cambio actual de 5.6 BsD/US$ representan 0.018 Us$/litro. Con el precio subvencionado, los clientes pueden adquirir una cuota mensual de 120 litros, mientras que con el precio en dólares no hay límites. El país cuenta con 1,500 gasolineras. (2)

A los precios actuales de 0.5 Us$/litro se obtiene solamente el 41% del precio de mercado de la gasolina. Subsidiando al consumidor el 59% del precio del combustible.

Este precio solo paga el 66% del precio del petróleo. No logra pagar los 0.76 us$ del costo de la materia prima: El Petroleo.

Por su parte, a 0.018 Us$/Litro no costea sino el 2.38% del valor del petróleo ( 0.018 / 0.76 US$/litro de petroleo).

VI. IMPACTO ECONOMICO DEL SUBSIDIO A LA GASOLINA. (Por regalar el combustible)

Para un escenario de consumo interno de Venezuela, con un mercado similar al 2016 de 250.000 barriles al día de gasolina (3). y un precio de 120 us$/barril de petróleo. El subsidio anual a la gasolina sería de 17.556 millones de dólares al año.

La distribución por factores de costo seria:

1. Petróleo : 10.950 MMUS$

250.000 x 120 us$ / barril x 365 dia- año.

2. Refinación: 2.555 MMUS$

10.950 MMUS$ x 24%

3. Distribución: 1.204 MMUS$

10.950 MMUS$ x 11%

4. Impuesto: 2.847 MMUS$. (Asumiendo un 26% del valor del petroleo ) 

10.950 MMUS$ x 26%

VII. Estrategia de precio por venir en Venezuela

En un país que no está produciendo petróleo, y su parque refinador de petroleo se encuentra en abandono técnico y operacional. Se dedica en gran medida a iimportar gasolina desde Iran (4).

Se observa que se está disminuyendo en una primera etapa el subsidio de los combustibles del mercado internó. Donde solo se cobra el 66% del costo del Petroleo. En una segunda fase se intentarà recuperar el costo del crudo y el costo de REFINACION y en una tercera etapa se establecerá un esquema de impuestos.

Ing. Robny Jauregui

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Referencias:

(1) Voltaoil (S/F) ¿ What Determines Retail Prices for Gasoline and Diesel ? Recuperado de https://voltaoil.com/what-makes-up-retail-price-for-gasoline/

(2) Expansion (2022) Venezuela: La diferencia entre pagar gasolina subsidiada o comprarla en dólares Recuperado de https://expansion.mx/economia/2022/03/16/venezuela-gasolina-dolares

(3) Jauregui, Robny (2019) La crisis de gasolina en Venezuela Recuperado de https://ptroleoysociedad.blogspot.com/2019/12/17-02-2017-venezuelaencubre-una_27.html

(4) El economista ( 2021) Maduro empieza a privatizar gasolineras en Venezuela: combustible para el que lo pueda pagar, colas para el resto. Recuperado de https://www.eleconomista.es/internacional/noticias/11099150/03/21/Maduro-empieza-a-privatizar-gasolineras-en-Venezuela-combustible-para-el-que-lo-pueda-pagar-colas-para-el-resto.html


jueves, 16 de junio de 2022

La Refinación de petróleo en Venezuela en época de Concesionarias 1917-1975

Desde las primeras etapas de la industria petrolera en Venezuela a comienzos del siglo XX, las empresas transnacionales establecidas en el país, bajo la condición de concesiones de explotación petrolera, construyeron pequeñas refinerías destinadas a la obtención de combustible para sus propias operaciones. Luego se avanzó hacia la consolidación de un sector de manufactura del petroleo para el comercio de combustibles en el mercado nacional y el mercado internacional.

I. Las refinerías del Occidente de Venezuela.

A raíz del descubrimiento del campo de Mene Grande en 1914, la Caribbean Petroleum Company, perteneciente al grupo Royal Dutch Shell, construye la refinería de San Lorenzo en 1917, con una capacidad de procesamiento de dos mil barriles diarios. Posteriormente, esta refinería fue ampliada a 38 mil barriles diarios para satisfacer un creciente mercado local.




Refinería de San Lorenzo – Estado Zulia

Entre 1925 y 1940, pequeñas refinerías orientadas a satisfacer las necesidades de combustible de las propias operaciones son construidas por la West Indies , la Gulf Oil y la Lago Petroleum en el estado Zulia. En 1925 la Lago Petroleum construyó en el área La Rosa/La Salina (Cabimas), estado Zulia, una refinería de 1.700 b/d de capacidad. Posteriores ampliaciones aumentaron su capacidad: 1938, 10.000 b/d y en  1941 es llevada a 20.000 b/d.

En 1929, La West India Oil Company construyó en La Arriaga (Maracaibo), estado Zulia, una pequeña refinería de 2.500 b/d de capacidad. Por su parte, la Venezuelan Gulf Oil Company construyó en Cabimas, estado Zulia, una planta de 1.800 b/d de capacidad.

Para 1931, en el mismo estado Zulia, la Colon Development construye tres refinerías en Casigua, El Calvario y La Rivera. Con una capacidad combinada de 700 b/d de capacidad.

II. Las refinerías del oriente de Venezuela.

Para el año de 1931 se construye la refinería de Caripito por parte de la Standard Oil Company of Venezuela. Esta refinería, con una capacidad inicial de 26 mil barriles diarios, fue posteriormente ampliada, en 1938, a 70 mil barriles por día pasando a ser la más importante del país. En la refinería de Caripito, durante la segunda guerra mundial se refinaba parte del crudo del campo de Jusepín del que, como ya se mencionó, se obtenía un porcentaje excepcionalmente alto de gasolina de aviación. La refinería de Caripito y el asociado terminal de embarque sobre el río San Juan se mantuvieron en operación hasta 1976.

 

Refinería de Caripito – Estado Anzoátegui

La Mene Grande construyó, en 1939, una pequeña refinería con la finalidad mencionada en el área de Oficina, en el estado Anzoátegui. Por su parte en 1939, la Socony-Vacuum Oil Company construyó en Guario, estado Anzoátegui, una pequeña refinería de 100 b/d de capacidad.

III. El impulso refinador de la Ley de Hidrocarburos de 1943

A raíz de lo previsto en la Ley de Hidrocarburos de 1943, se incrementan dramáticamente las inversiones en refinación con fines comerciales derivado a la exigencia por ley de refinar el 10% de la producción obtenida por cada concesion en el territorio nacional. En 1947 la empresa Texas Petroleum Company comenzó las operaciones de su refinería en Tucupita, Delta Amacuro, con 10 MBD de capacidad

El primero de febrero de 1949, comienza a operar en el estado Falcón la refinería de Punta Cardón propiedad de la Shell. La capacidad inicial de esta refinería fue de 30 mil barriles diarios, aunque posteriormente sería ampliada hasta 369 mil b/d.


Refinería de Cardón – Estado Falcón

Al año siguiente, el 3 de enero de 1950, arranca en el mismo estado la refinería de Amuay de la Creole, con una capacidad diaria de 60 mil barriles y eventualmente ampliada a 670 mil. En 1948, mientras dicha refinería estaba aún en construcción, Creole construye el oleoducto Ulé-Amuay, dos tuberías gemelas de veintiséis pulgadas cada una, desde la costa oriental del Lago de Maracaibo hasta dicha refinería. 

 

Refinería de Amuay – Estado Falcón

Dos años después, en mayo de 1950, la Mene Grande (Gulf Refining Co.) inician operaciones en la refinería de Puerto La Cruz en el estado Anzóategui, con una capacidad inicial de 30 mil B/d llevada actualmente a 150 mil. En octubre, en esta misma área, la Philips (Sinclair Oil and Refining Company) inaugura la refinería de El Chaure, de 40 mil barriles por día de capacidad.


Refinería de Puerto La Cruz - Estado Anzoátegui

En 1952, la Philips Petroleum Company, comienza a operar la refinería de San Roque , en el estado Anzoátegui, especializada en el procesamiento de crudos productores de parafina, con una capacidad inicial de dos mil cien barriles diarios de procesamiento (2.100 B/D) (2). 

 

Refinería San Roque – Estado Anzoátegui

En 1956, la Richmond (entonces filial de Standard Oil of California, hoy fusionada en Chevron Corporation) inicia el funcionamiento de la refinería de Bajo Grande, al sur de Maracaibo, que actualmente procesa 16 mil b/d, luego de haber alcanzado un pico de 57 mil b/d. (3)


Refinería de Bajo Grande – Estado Zulia

Posteriormente, entran en operación la refinería de El Palito, en el estado Carabobo, cuya construcción la inicia, en 1954, la Socony-Vacuum Oil Company y operada a partir de 1960 por esta empresa y luego por la Compañía Mobil de Venezuela. La capacidad de procesamiento de esta refinería es actualmente de 130 mil B/d.


Refinería el Palito – Estado Carabobo

Finalmente en 1967, la Sinclair Oil Corporation, pone en operación la refinería de El Toreño, en el estado Barinas, con cinco mil barriles diarios de capacidad de procesamiento.

VI. Balance de refinación petrolera en la Nacionalización petrolera de 1975.

Geograficamente para el año de 1973 en el territorio venezolano se ubican 13 refinerías de petróleo por parte de las empresas concesionarias, orientadas a procesar el crudo producido en los yacimientos explorados y explotados por ellas. 

 


Ubicación geográfica de las refinerías en Venezuela para 1973 (4)

Para el año de 1973 el balance de crudo procesado para la obtención de productos refinados en Venezuela, monta los 1.302.570 barriles en las 12 refinerías que se encuentraban en territorio venezolano.

 

 Balance de procesamiento de petroleo por cada refinería en 1973 (5)

La industria de la refinación de petroleo es estratégica para la economía venezolana, ya que brinda la oportunidad de añadir valor al petróleo. Sus destilados son base de abastecimiento de un sinnúmero de actividades que realiza el ser humano, entre las que sobresale el transporte, la generación de electricidad y las actividades que demandan energía en sus procesos.

En general, la industria de la refinación de petroleo es intensiva en capital, en donde el tamaño y complejidad tecnológica, junto con el costo salarial y las regulaciones ambientales, son relevantes para su viabilidad operacional.

Ing. Robny Jauregui

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Referencias

(1) Franjosa erenesto ( 2015) Los conflictos complejo de la industria petrolera venezolana a traves de la historia Recuperado de https://www.academia.edu/20966482/Los_conflictos_complejos_de_la_industria_petrolera_venezolana_a_trav%C3%A9s_de_su_historia?email_work_card=view-paper

(2) PDVSA (S/F) Refinación Recuperado de http://www.pdvsa.com/images/pdf/cuadernos/Refinacion.pdf

(3) Fundacion Polar (S/F) Recuperado de https://bibliofep.fundacionempresaspolar.org/_custom/static/cronologia_hv/zoom/s20-2/1956-1.html

(4) Gomez,helia (S/F) Geografia de la energía bajo el signo de los hidrocarburos. Recuperado de https://bibliofep.fundacionempresaspolar.org/media/1029/gv_t3_c28_p486_611_lres_single_preview.pdf

(5) Petroven e-Shop (2021) Total petróleo procesado por refinerías, 1970-1980 Recuperado de https://peteroveneshop.blogspot.com/2021/11/informe-en-formato-pdfcontentivo-del.html



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jueves, 9 de junio de 2022

De la nacionalización a la canibalización de PDVSA.

 


Un sentimiento diametralmente opuesto caracteriza y describe a la dirigencía gubernamental de la industria petrolera venezolana actual en comparación a la conocida o reflejada en la década de los años 60's. Donde el espíritu de la nacionalización y el sentido de pertenencia de la riqueza petrolera embargaban los pasillos del palacio legislativo nacional y con ellos todas las dependencias del poder ejecutivo. El devenir de la industria petrolera venezolana en pleno siglo XXI solo refleja el vacío de contenido político de los llamados a ser sus rectores.        

 

En 1960 la Mene Grande Oil Company tenía vendido el puerto o terminal marítimo de la ciudad de punto fijo en el actual municipio de Carirubana y su patio de tanques de almacenamiento, con edificios administrativos. Todo ello para el manejo de la exportación de crudo. El precio de venta estipulado era de 10 millones de bolívares para la época. (1)

Terminal y patio de tanques de la Mene Grande en Carirubana 1938

Una vez enterada la operación comercial por parte del Ministerio de Minas, este se opuso legalmente, alegando el principio de REVERSIÓN. Haciendo entrega de las tierras al Banco Obrero dónde se construiría posteriormente una urbanización obrera, así mismo se exigió que entregarán los tanques al INOS ( Instituto Nacional de Obras Sanitarias). Los cuales fueron utilizados en la construcción de acueductos rurales en el país.

En 1962 las oficinas administrativas y el puerto fueron entregados, a la fuerza militar de la ARMADA. Por resolución M-202 del Ministerio de la Defensa, se crea el Apostadero Naval “Juan Crisóstomo Falcón”. Luego la Armada eleva a la categoría de Base Naval “Mariscal Juan Crisóstomo Falcón”, por Resolución Nº 325 del 23 de julio de 1975 (2)

Base Naval Juan Crisostomo Falcón Zavárce

Por su parte y en contraste con esa actitud de defensa de los activos de la NACIÓN de décadas pasadas, vemos con estupor y asombro el desmantelamiento de las instalaciones petroleras (Taladros, refinerías, oleoductos etc) para ser vendidos en condición de CHATARRA FERROSA a países aliados al gobierno ( Cuba, Irán, China, Pakistan y/o Turquía) (3) (4) (5)


Desmantelamiento de una torre de perforación en el muelle de Maracaibo

Ya se nos olvidó las toneladas de tinta derramada por los líderes de IZQUIERDA en defensa de evitar la venta o la pérdida de la confiabilidad operacional de la industria petrolera venezolana en manos de la concesionarias transnacionales, cuando se acercaba la fecha de extinción de las concesiones en 1983.

Todo ese SENTIDO NACIONALISTA de considerar la INDUSTRIA PETROLERA como VITAL para la economía venezolana. Llevó a la materialización en la LEY SOBRE BIENES AFECTOS A REVERSIÓN EN LAS CONCESIONES DEHIDROCARBUROS según Gaceta Oficial N° 29.577, de fecha 06-08-1971. (6)

 

Ley  sobre bienes afectos a reversión en las Concesiones de hidrocarburos

Donde de acuerdo a su artículo 6 se crea un FONDO DE GARANTÍA con el equivalente del 10% de la cuota anual de depreciación aceptada por la administración del Impuesto sobre la Renta. Este dinero sería utilizado para garantizar los costos de Mantenimiento anual de los activos en caso de ABANDONO o DESCUIDO del concesionario.

El Ministerio de Minas e Hidrocarburos venía sosteniendo que, para las instalaciones y obras realizadas por los concesionarios, estos no podrán llevar a cabo reformas, modificaciones o demoliciones, sin antes haber obtenido permiso para ello del Ministerio. Fue con base a este criterio, que procedió a sancionar con multas a la compañía Shell de Venezuela y a la Mene Grande Oil Company, por haber llevado a cabo esas operaciones sobre instalaciones existentes en sus concesiones, sin el permiso correspondiente.

Medidas cómo estás ESCASEAN en las mentes de los actuales administradores de la política petrolera nacional. Dónde solo el peculado y el enriquecimiento ilícito son las huellas que va dejando el camino zanjado de la nacionalización a la canibalización de PDVSA en Venezuela. (7) (8)

Ing. Robny Jauregui

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Referencias

(1) Faraco,José Francisco (1975) Reversión petrolera en Venezuela. Pag. 128-129

(2) Escalona,Josmary (2020) Base Naval Mariscal Falcón celebró 58 aniversario Recuperado de https://nuevodia.com.ve/2020/09/16/base-naval-mariscal-falcon-celebro-58-aniversario/

(3) Zerpa, Fabiola (2020) Venezuela desmantela oleoductos y paga servicios con chatarra Recuperado de https://yhoo.it/3zqGLYF

(4) Camargo, Erick (2022) El negocio de la chatarra en Venezuela y el colapso de la industria petrolera Recuperado de https://www.ecopoliticavenezuela.org/2022/03/11/negocio-de-la-chatarra-y-el-colapso-industria-petrolera/

(5) El Venezolano News (2022) Casi el 100% de los taladros petroleros de Pdvsa están paralizados Recuperado de https://elvenezolanonews.com/2022/01/31/casi-el-100-de-los-taladros-petroleros-de-pdvsa-estan-paralizados/

(6) Ley sobre bienes afectos a reversión en las concesiones de hidrocarburos de 1971 Recuperado de https://www.monografias.com/trabajos-pdf5/ley-bienes-afectos-reversion/ley-bienes-afectos-reversion

(7) Tal Cual (2018) MP ordena detener a 11 funcionarios de Pdvsa por actos de negligencia. Recuperado de https://talcualdigital.com/mp-ordena-detener-11-funcionarios-pdvsa-actos-negligencia/

(8) Correo del Orinoco (2021) Detienen en Venezuela a 10 funcionarios de PDVSA por corrupción Recuperado de http://www.correodelorinoco.gob.ve/detienen-en-venezuela-a-10-funcionarios-pdvsa-corrupcion/


viernes, 20 de mayo de 2022

Estrategias de pago de los derechos laborales de los trabajadores de PDVSA de la huelga nacional 2002-2003

Los 20.000 trabajadores despedidos de la estatal PDVSA de maneraINJUSTIFICADA en Febrero del 2003, una vez reconocido sus derechos económicos laborales, lo cual pasa por un cambio de orientación política en Venezuela. Nos permitimos, basados en la experiencia de conflictos en materia económica en Venezuela, ofrecer algunas consideraciones y/o alternativas a tener presente en referencia al proceso de pago de estos derechos conculcados en el 2003.

Aprendizaje del conflicto del factor económico Capital en la industria petrolera venezolano.

El proceso de reconocimiento del monto a cancelar a las concesionarias petroleras (Factor económico Capital) derivados del proceso de “nacionalización” en 1975, fue establecido en la “Ley que Reserva al Estado la Industria y el comercio de los Hidrocarburos” (LOREICH), ello nos deja algunas practicas transitadas por la sociedad venezolana que nos sirven de guía, para en pleno siglo XXI, abordar el camino en la solución del conflicto de los trabajadores despedidos (Factor Trabajo). Como bien lo dijo en su discurso el presidente Carlos Andrés Pérez en el campo petrolero Mene Grande el 01 de Enero de 1976 : Hemos mostrado al país y al mundo que el rescate de las riquezas naturales es posible dentro de un clima de paz y de justicia, de amistad y de diálogo” (2). Cambiaríamos simplemente el sustantivo Las Riquezas naturales por el de Capital Humano.

I. Establecimiento del Monto de indemnización de los derechos en conflicto

Para el caso de la LOREICH de 1975, en su articulo 15 estableció como CRITERIO de monto de deuda a cancelar a las concesionarias petroleras: A todos los efectos de esta Ley, inclusive a los fines de la experticia contable que trata el literal e) del articulo 13, el monto de la indemnización de los derechos sobre los bienes expropiados no podrá ser mayor al valor de las propiedades, plantas y equipos, entendiéndose como tal el valor de adquisición menos el monto acumulado de depreciación y amortización, para la fecha de solicitud de expropiación, según libros usados por los respectivos concesionarios a los fines del impuesto sobre la renta. (1).

El monto acordado con las 24 empresas concesionarias por el valor de la expropiación de la maquinaria y equipo fue de 4.347 millones de bolívares, los cuales para 1975 a una paridad de 4.30 Bs/US$ monta la cifra de 1.011 Millones de dólares (16). Esta cifra representa 5.410 Millones de dólares para diciembre del año 2021. 

 

Para el caso de la indemnización de los trabajadores INJUSTAMENTE despedidos se debe establecer los factores económicos laborales que definen la deuda a cancelar, tales como:

a. Factor de incremento salarial anual.(2003 hasta la fecha de jubilación de cada trabajador)

b. Los factores económicos de los beneficios (Factor de rendimiento de la Caja de Ahorro, Factor de rendimiento del Fondo de pensiones – Factor de días para Vacaciones etc )

c. Monto de pasivos laborales para cada trabajador antes del 2003. (Caja de ahorro, fideicomiso, Fondo de pensiones)

d. Plan de jubilación después de la fecha cumplir 30 años de servicio, en el entendido que en promedio los 20.000 trabajadores despedidos tenían 15 años de servicio, serian jubilados en el año 2018.

f. Se debe considerar en la experiencia contable y/o peritaje las deducciones laborales por los pagos efectuados por parte de PDVSA a los trabajadores en el año 1998 por concepto de cambio de régimen de prestaciones sociales.

g. Efectuar las deducciones derivadas de la ley laboral : INCE, Paro Forzoso, IVSS.

Una vez establecidas las premisas se elaborará para cada trabajador afectado un acta de finiquito de indemnización económica por salarios caídos.

     

     II. La oficina gubernamental encargada de centralizar la información.

En la ley sobre bienes afectos a reversión en las concesiones de hidrocarburos promulgada el 30 de julio de 1971, en su articulo 23 establece: Las concesionarios, sin perjuicio de las informaciones que hayan suministrado o deban suministrar por mandato de otras disposiciones legales, deberán remitir al Ministerio de Minas e Hidrocarburos, en un plazo de un año contado a partir de la vigencia de esta Ley, inventario de todos los bienes por ellos adquiridos o que se encuentren afectos a las concesiones de las cuales son titulares (8). Por su parte en 1972 , según Gaceta oficial Nº 29.877 se promulga la Ley que crea la Dirección de Bienes Afectos a Reversión en el Ministerio de Minas e Hidrocarburos. Esta dirección bajo la conducción del Ing. Humberto Calderón Berti, hizo un inventario de las inversiones realizadas por las empresas concesionarias hasta la fecha, una valoración de sus activos (6) , El objetivo básico de esta Ley fue el de considerar que todos los bienes corporales e incorporales de los concesionarios se presumían destinados a las concesiones, salvo prueba en contrario declarada suficiente por el Ejecutivo Nacional, a fin de despejar la duda acerca de la extensión de los bienes afectos a las concesiones, ya que las concesionarias sostenían que sólo estaban afectos a las concesiones aquellos bienes situados en las parcelas otorgadas, pretendiendo excluir los bienes situados fuera de las áreas geográficas otorgadas en Concesión.(7). Esta labor servirá de base para la estimación del proceso de reconocimiento de los derechos económicos en 1975 (6).

   Para el caso del conflicto de los trabajadores despedidos en el 2003 se debe crear una instancia burocrática dentro del ministerio de petróleo, encargada del proceso del manejo administrativo correspondiente. Pero más allá de la instancia gubernamental, los trabajadores despedidos INJUSTIFICADAMENTE deben poseer una instancia para la solución del conflicto, la cual este integrada por las agrupaciones gremiales: UNAPETROL, Gente del Petroleo y las organizaciones sindicales de la industria petrolera (FEDEPETROL; FETRAHIDROCARBUROS, y/o SINUTRAPETROL). Esta instancia debe tener una PROPUESTA financiera, con alternativas y/o escenarios ANTES de la resolución del problema.

La Asociación nacional de Trabajadores despedidos INJUSTAMENTE de la Industria Petrolera Nacional (ANTRADI - IPN), tendrá como responsabilidades:

1. Recopilación y registro de los DATOS y documentación de los trabajadores afectados

2. Creación de la base de datos con los DATOS del personal afectado

3. Fijar CRITERIOS y PREMISAS de los factores salariales y Beneficios.

4. Preparar el peritaje contable de salarios caídos (beneficios) individuales.

5. Mantener actualizado los escenarios (Basados en las premisas contables) para establecer el monto total adeudado a los afectados.

6. Entregar a cada afectado un balance de deuda CERTIFICADA, para que el titular o sus sobrevivientes se mantengan informados.

7. Representar a los 20.000 trabajadores en condición de despido INJUSTIFICADO en las instancias nacionales e internacionales en los procesos de negociación

8. Crear un portal WEB donde se INTERACTUÉ y socialice entre los expertos en recursos humanos (proceso de remuneración) y jurídico (derechos laborales) a los fines de establecer una comunidad de conocimiento sobre el tema.

9. Preparar un proyecto de Ley que sirva de propuesta jurídica para la compensación del patrimonio económico de los derechos laborales conculcados a los trabajadores de la IPN en el 2002-2003. 


 Asociación nacional de Trabajadores despedidos INJUSTAMENTE de la Industria Petrolera Nacional


II. Formas de Pago de los pasivos laborales.

Para el pago de las acreencias o derechos laborales se presentan dos incógnitas: cuándo y cómo pagar el monto adeudado. Veamos algunas alternativas:

a. Bonos de Deuda de la república 

A las concesionarias en el año de 1976 se les pago una indemnización de 4.348 millones de bolívares, de los cuales 3.854 millones se pagaron en bonos denominados en dólares y el resto en efectivo (11.4%) (4). El articulo 16 de la LOREICH establecía: El pago de la indemnización menos las deducciones hechas, podrá ser diferido por tiempo determinado no mayor de diez (10) años, o cancelarse en Títulos de la Deuda Pública, en términos convenientes al interés nacional, según lo determine el Ejecutivo Nacional, previa consulta con el Banco Central de Venezuela. El iteres devengado por los Títulos de la deuda Publica no serán superior al 6% anual.(8)

Los Bonos de deuda publica fueron hechos para la entrega al concesionario, el 31 de diciembre de 1975, bonos seriados emitidos por la nación. El plazo de vencimiento sería de cinco (5) años con un (1) año de gracia. La amortización se iniciará a partir del 15 de enero de 1977, fecha en la cual se cancelará el veinte por ciento (20%) de la emisión y el ochenta por ciento (80%) restante, en dieciséis (16) cuotas trimestrales iguales y consecutivas a partir del 29 de marzo de 1977. Los bonos devengaron seis por ciento (6%) de interés anual pagadero por trimestre y exonerado del pago de Impuesto sobre la Renta. Los bonos serían negociables en el exterior del país. Podrán ser utilizados en el territorio nacional sólo para la adquisición de crudos y productos derivados, en las condiciones que señale PDVSA y también en casos que autorice expresamente el Presidente de la República en Consejo de Ministros.(16)

 Deuda Pública Venezolana

Es importante señalar que la historia económica de Venezuela nos enseña que el factor capital, entiéndase todas las empresas TRANSNACIONALES a las cuales la república les debe dinero en Bonos o incluso en forma de DEUDA COMERCIAL como facturas, pagares y otras obligaciones (Farmacéuticas, Lineas Aéreas, Empresas Químicas, Empresas de Alimentos) buscaran NEGOCIAR su tipo de deuda y SOCIALIZARLA (14). Es decir transformarla en deuda pública que pueda ser TRANZADA en los mercados financieros internacionales. Ambas posiciones (Bonistas y acreedores comerciales) tienen economistas y lobistas profesionales en las instancias bancarias internacionales (BM, FMI) para incluir sus deudas en el inevitable capitulo de RENEGOCIACION de la deuda pública venezolana, donde se buscará bajar los flujos de caja futuros (Perfil de la deuda) ante la situación económica imperante en Venezuela para pagar los más 180.000 millones de dólares que monta su deuda actualmente.(15).

Por otra parte, es importante resaltar que los casos o juicios sometidos ante instancias o tribunales internacionales como la Cámara de Comercio Internacional - CCI (12) o ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones - CIADI (13). Relacionados a la expropiaciones efectuadas por el gobierno venezolano en el año 2006. Han ejercido recursos de embargo de activos, demandando hacer valer sus derechos de CAPITAL, con las inversiones de PDVSA en el exterior: CITGO. No es posible embargar un activo y/o empresa mientras se le ADEUDE a sus trabajadores. Antes de proceder con el embargo, se deben SALDAR sus deudas laborales. 

                              Medida ejecutiva del gobierno americano protege a CITGO

b. Acciones de la empresa CVP.

Otra de las formas de pago es la de colocar a la Corporación Venezolana de Petroleo (CVP) en la Bolsa de Valores tanto de Venezuela como en New York, que conforme con el articulo 303 de la Constitución nacional se pueden vender sus acciones, siguiendo los exitosos ejemplos de empresas petroleras estatales como Statoil, ENI, Gazprom, Gaz de France (GDF Suez), Sinopec, Petrobras, Ecopetrol, Repsol, Petroperú, y más recientemente Aramco entre otras.

A partir de transferencia de activos de PDVSA a la CVP, y ésta, además de participar en empresas mixtas, debe usar los “Contratos de Servicios (Service Agreement), donde las empresas privadas, nacionales y/o extranjeras, colocan el capital, recibiendo un pago por cada barril producido y para la recuperación de sus inversiones y costos. La CVP es propietaria de las reservas y de la producción y paga las regalías, por su parte la empresa privada solo paga ISLR sobre sus ingresos netos. Esta figura seria una opción para capitalizar las reservas no desarrolladas, para aumentar los factores de recobro de los yacimientos y para reducir el número de pozos inactivos ubicados en esas áreas de esfuerzo propio de PDVSA (10)

Por otra parte, en Venezuela tenemos dos casos de PRIVATIZACIÓN con participación de la distribución accionaria entre sus trabajadores: La CANTV y SIDOR. En el caso de SIDOR solo faltó avanzar en la colocación de las acciones en la Bolsa de valores, ello motivó al estado (Gobierno) a custodiar las acciones pertenecientes a los trabajadores (11). Creando inconvenientes y problemas para ser vendidas por sus propietarios. Los Trabajadores afectados en condición de despido INJUSTIFICADO de PDVSA recibirán acciones denominadas en dólares como parte de pago de su patrimonio laboral adeudado.

 c. Fondo de bienes recuperados producto de corrupción.

Otra de las fuentes en las cuales la sociedad venezolana tiene recursos para afrontar los pasivos de un nuevo periodo democrático, son todos los bienes DECOMISADOS en los juicios internacionales a los cuales son sometidos personeros del gobierno y empresarios de la llamada “V república” por hechos de corrupción. Estos recursos que según el estratega económico del gobierno, el ministro Jorge Giordan denunció la perdida de 300.000 millones de US$ en el año 2016 (17). 


Se debe VINCULAR por una lado la re compra de los bonos o títulos de deuda emitidos la república para pagar los derechos laborales de los trabajadores despedidos INJUSTIFICADAMENTE de PDVSA en el año 2003. Con ello se garantizaría acelerar el proceso de pago a aquellos trabajadores que por su avanzada edad requieran disfrutar de la liquidez de la deuda con un bajo impacto de perdida de capital. Y por otra parte, asociar fondos recuperados al pago en efectivo inicial de amortización de la deuda.

Consideramos que este debe ser el proyecto POLÍTICO de mayor envergadura desde el punto de vista judicial, para los venezolanos de esta generación. Ya que estos recursos son la única fuente económica, que posee la sociedad venezolana para afrontar la reconstrucción institucional del país. Motivo por el cual, los trabajadores despedidos INJUSTAMENTE de PDVSA, deben participar en iniciativas como Inrav (Iniciativa para la Recuperación de Activos de Venezuela) (18). A los fines de trabajar en la toma de decisiones creativas para proteger esos dineros, es indudable que de no ejercer la debida atención no van a volver a Venezuela estos recursos financieros.

Como vemos, son cuatro las estrategias necesarias para desarrollar el reconocimiento de patrimonio laboral de los trabajadores despedidos de PDVSA INJUSTIFICADAMENTE en año 2003:

I. Establecimiento del monto de indemnización de los derechos laborales en conflicto

II. Establecer la Organización o Entidad encargada de centralizar la información.

III. Desarrollar las alternativas de Formas de Pago de los pasivos laborales.

IV. Socializar ante los venezolanos y el mundo el monto de lo adeudado.

Para ser considerado en futuros procesos de RENEGOCIACION de la deuda venezolana, en juicios contra activos de PDVSA, en la privatización o re-apertura al capital privado del sector petrolero venezolano y en carteras de fondos internacionales recuperados producto de la corrupción.

Finalmente, esta defensa por los derechos laborales de los trabajadores requiere de talentos y competencias jurídicas y financieras. Que permitan reducir los tiempos para el reconocimientos de los haberes legales correspondientes a los 20.000 trabajadores despedidos injustamente en el año 2003. Un aprendizaje derivado de los hechos históricos de más de 100 años de la industria petrolera venezolana, nos debe servir de guía en el manejo de este conflicto laboral.

@RobnyJauregui

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Referencias

(1) OCI (1975) Hacia la Gran Venezuela. La Nacionalización Petrolera

(2) Perez, Carlos Andres (1976) Discurso: La nacionalización del petróleo en Venezuela http://revistas.bancomext.gob.mx/rce/magazines/367/7/RCE11.pdf

(3) Fariñas, Guillermo (1981) Obligaciones fiscales de la industria petrolera venezolana antes y despues de su nacionalización Recuperado de https://www.derechoadministrativoucv.com.ve/wp-content/uploads/2020/05/homenaje-06-08.pdf

(4) Trespalacios Amina. (2020) Petróleo en Venezuela: historia y evolución en el siglo XX Recuperado de https://www.gestiopolis.com/evolucion-historica-de-la-economia-petrolera-venezolana/

(5) Faraco, Francisco (1975) Reversión petrolera en Venezuela.

(6) Grisanti, Luis (2016) La gestión económica y energética del presidente Caldera I y II Recuperado de https://rafaelcaldera.com/grisanti-luis-xavier-la-gestion-economica-energetica-del-presidente-caldera-i-ii/

(7) Gonzalez, Diego (2021) Una historia de la industria petrolera venezolana (IPN) Recuperado de https://cedice.org.ve/wp-content/uploads/2021/11/BARRILES-DE-PAPEL-No-208-UNA-HISTORIA-DE-LA-INDUSTRIA-PETROLERA-VENEZOLANA-FINAL.pdf

(8) Liendo, Pedro (2010) Ley sobre bienes afectos a reversión en las concesiones de hidrocarburos de 1971. Recuperado de https://bit.ly/38AJns7

(9) Justia Venezuela (S/F) Ley que crea la Dirección de Bienes Afectos a Reversión en el Ministerio de Minas e Hidrocarburos Recuperado de https://docs.venezuela.justia.com/federales/leyes/ley-que-crea-la-direccion-de-bienes-afectos-a-reversion-en-el-ministerio-de-minas-e-hidrocarburos.pdf

(10) Gonzalez, Diego (2014) ¿Cuánto vale la Corporación Venezolana del Petróleo, S.A. (CVP) Recuperado de https://cedice.org.ve/wp-content/uploads/2020/04/Barriles-de-Papel-No-111-Cuanto-vale-la-Corporacion-Venezolana-del-Petroleo-S.A.-@-18-04-2014.pdf

(11) Luna, Jonis (2020) Cronología de una lucha. Recuperado de https://salarioensidor.files.wordpress.com/2020/11/carta-para-los-accionistas-clase-b-de-sidor.pdf

(12) ConocoPhillips arremete contra los Activos de Citgo para cobrar arbitraje contra Venezuela Recuperado de https://ciarglobal.com/conocophillips-arremete-contra-los-activos-de-citgo-para-cobrar-arbitraje-contra-venezuela/

(13) Escobar, Ramón (2019) ¿Embargo de Citgo?: la batalla de Crystallex y de otros acreedores Recuperado de https://derysoc.com/embargo-de-citgo-la-batalla-de-crystallex-y-de-otros-acreedores/

(14) Gomez Ysea, Giovanni (2011) La piedra de Sísifo: la maldición de la deuda pública en Venezuela (1976-2038)

(15) Prodavinci (2017) 7 preguntas clave sobre la reestructuración y financiamiento de la deuda externa venezolana Recuperado de https://americanuestra.com/7-preguntas-clave-sobre-la-reestructuracion-financiamiento-de-la-deuda-externa-venezolana/

(16) Parra, Gastón Luzardo De la nacionalización a la apertura petrolera: derrumbe de una esperanza Recuperado de https://www.academia.edu/33497357/DE_LA_APERTURA_A_LA_NACIONALIZACI%C3%93N_GASTON_PARRA

(17) Bermudez, Angel ( 2021) Qué pasa con los millones de dólares de la corrupción en Venezuela decomisados en EE.UU. Recuperado de https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-57081595

(18) INRAV (S/F) Iniciativa para la Recuperación de Activos de Venezuela https://www.unfondoporvenezuela.org/home